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Este blog es una herramienta para facilitar la implicación, la relación y la comunicación entre todas las personas, grupos, colectivos -públicos y privados- que quieran participar y trabajar para Atender el Patrimonio de la Baja Montaña.
El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Economía Social; el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y el Ministerio de Cultura y Deporte, la prestación especial por desempleo para las personas trabajadoras del sector cultural y artístico. Los beneficiarios y beneficiarias podrán acceder: Acreditando estar en situación legal de desempleo y acreditar 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses. Acreditar 180 días de alta en Seguridad Social por prestación real de servicios en la actividad artística o regularizaciones anuales ya efectuadas en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo siempre que no hayan sido tenidas en cuenta para el reconocimiento de una prestación previamente Las personas trabajadoras, además, no deberán tener derecho a una prestación contributiva ordinaria, aunque en el caso de que la prestación especial sea más beneficiosa que una prestación previa, pendiente de reanudar, sí podrán optar por recibir la nueva prestación especial. |